Abstención y Cortes Constituyentes (Andreu Nin, 1931)

Publicado en «L’Hora», nº 7, 11 de febrero de 1931. Redactado por Nin el día 5 del mismo mes en la Cárcel Celular de Barcelona. Traducido del catalán por Pelai Pages. 

Para los partidos burgueses de izquierda las consignas de abstención electoral y Cortes Constituyentes no son más que un cebo demagógico para atraerse a las masas populares y desviadas del camino de la verdadera transformación democrática del país.

Es de una puerilidad evidente querer justificar la abstención por la ausencia de las necesarias garantías de sinceridad. Estas garantías no han existido nunca y no es un secreto para nadie cómo se han fabricado las mayorías en el ministerio de la Gobernación desde que existe en España el régimen parlamentario.

La abstención sólo puede tener una justificación: la preparación de una acción revolucionaria inmediata. La burguesía de izquierda, al propugnar el boicot al parlamento Berenguer, sólo persigue un fin: dar a las masas la sensación de que prepara una acción decisiva, limitándose, de hecho, a una agitación puramente verbal y preparando el terreno para el compromiso con el régimen.

¿Y las Cortes Constituyentes? Es esta una aspiración legítima de las masas en el período de revolución democrático-burguesa que atravesamos, aspiración que el proletariado debe hacerse suya y defender.

Pero, es preciso entendernos: ¿quién ha de convocar las Cortes Constituyentes y qué deben hacer?

Para la burguesía se trata de una consigna demagógica, destinada, como la de la abstención, a deslumbrar a las masas y a distraerlas de sus objetivos. Estas Cortes, tanto si las convoca Berenguer como cualquier otro gobierno burgués, no serán más que una comedia grotesca, tanto por el predominio que darán -gracias a un mecanismo electoral sabiamente manejado- a las clases explotadoras como por la obra que realizarán, puesto que no podrán. resolver ninguno de los problemas esenciales de la revolución democratIca: las relaciones entre la Iglesia y el Estado, la propiedad agraria, los derechos de las nacionalidades, etc., etc.

Las Cortes Constituyentes verdaderas sólo pueden ser alcanzadas por la acción de todas las masas explotadas del campo y de la ciudad bajo la dirección de la clase obrera, la única que, por el papel que juega en la economía del país, puede emprender la tarea de transformar radicalmente la constitución política y social.

Para llegar a este fin sólo hay un camino: la organización de las masas en todas las ciudades, pueblos y aldeas, en Juntas revolucionarias de obreros y campesinos y la constitución de un gran partido proletario cerebro y guía de la revolución.

Apoyándose en esta sólida base, las Cortes Constituyentes, convocadas por el Gobierno provisional de la República obrera, pueden llevar a cabo radicalmente, a la manera jacobina, la revolución democrática, y estableciendo el control obrero sobre la producción, y nacionalizando los ferrocarriles, las minas y los bancos, abrir el camino a las realIzaciones de tipo socialista.

El proletariado debe luchar decidida y enérgicamente en este sentido demostrando a las masas que la izquierda burguesa no persigue otro fin que sujetarlas aún más sólidamente al sistema de explotación capitalista.

Sobre el autor: Nin, Andreu

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